UL América Latina - México
 
 
 
NOM
 

Consideraciones Generales

Identifique la documentación técnica y legal a presentar indicada en la solicitud de servicios (o a través de esta sección, en el apartado de "Documentación Requerida") aplicable al tipo de producto y modalidad deseada.

Verifique que los formularios a ingresar correspondan a la última versión actualizada (los documentos descargables de esta página corresponden a la última versión).

El tiempo de respuesta, una vez ingresada la solicitud de servicio es de 7 (siete) días hábiles (como máximo) para productos nuevos y 20 (veinte) días hábiles para artículos reconstruidos, reacondicionados, usados, de segunda mano, segunda línea, discontinuados y fuera de especificaciones, en ambos casos, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de ingreso, siempre y cuando se hayan subsanado las deficiencias encontradas.

Los certificados NOM sólo se otorgarán a importadores, fabricantes y comercializadores mexicanos y nacionales de otros países con los que el gobierno mexicano haya suscrito algún acuerdo o tratado de libre comercio (que incluya actividades de verificación).

Presente el contrato de prestación de servicios (sólo si es la primera vez que se realiza el trámite) en 2 (dos) ejemplares originales, rubricados en cada una de sus páginas y firmados en la sección correspondiente.

Para que una empresa gestora (tramitadora) pueda realizar trámites, es necesario que ésta presente el contrato de prestación de servicios firmado y rubricado por el representante legal del fabricante o importador (titular), junto con la carta poder respectiva, también firmada por el representante legal o persona autorizada del titular. La carta deberá incluir el nombre del tramitador o gestor y su dirección, especificando que la compañía y/o individuo(s) está(n) autorizado(s) para firmar los documentos requeridos para la realización del servicio correspondiente. Toda comunicación referente al servicio se efectuará a través de la(s) persona(s) autorizada(s) mencionada(s) en la carta poder.

Presente el(los) dictámen(es) de producto o informe(s) de resultado de pruebas vigentes, considerando como vigente:

  • 90 (noventa) días naturales a partir de la fecha de emisión del mismo.
  • 6 (seis) meses posteriores a la fecha de emisión del laboratorio de pruebas, para el caso de Modalidad V. Adicionalmente, este informe deberá presentar en la parte superior la leyenda: "Dictamen de laboratorio para certificación NOM simplificada para franja y región fronterizas".

El dictamen o informe de resultado de pruebas de producto solo será válido si éste es emitido por un laboratorio subcontratado y/o validado por UL de México. Usted también podrá encontrar estos listados acudiendo a nuestras instalaciones.

Si se trata de dictámenes o informes de resultados de pruebas generados a partir de un acuerdo de reconocimiento mutuo (ARM); se deberá presentar ya sea:

  • El informe de resultado de pruebas original acompañado de una carta de validación emitida por un laboratorio subcontratado y/o validado por UL de México o bien,
  • el informe de resultado de pruebas validado; es decir, generado por el laboratorio subcontratado con base en el informe de resultados de prueba original, elaborado en el formato propio del laboratorio que valida los resultados.

Por favor, conserve los documentos ingresados y/o generados durante el proceso de certificación en un expediente para el caso de ser solicitado por personal de UL de México. UL de México otorgará a cada servicio solicitado un número de referencia con el cual Usted podrá darle seguimiento a su trámite a través de nuestro departamento de Servicio al Cliente.

Si usted eligió recoger el certificado o documentación en nuestras instalaciones, por favor recuerde que es necesario traer el acuse de recibo respectivo, es decir, la solicitud o lista de verificación sellada por UL de México.

El ingreso de la solicitud no garantiza la emisión del certificado o dictamen correspondiente, mismo que depende de la resolución del análisis de la evaluación de la conformidad.

De encontrarse alguna deficiencia o incumplimiento en los resultados durante el proceso de análisis y evaluación, usted recibirá la notificación correspondiente, mismas que deberán ser subsanadas para poder continuar con el proceso de certificación.

Si el resultado de la evaluación es satisfactorio, UL de México emitirá el certificado o dictamen de conformidad de producto correspondiente, mismo que quedará sujeto a la verificación (seguimiento), cuando aplique (véase apartado de Proceso de Verificación (Seguimiento), Suspensión y Cancelación de Certificación).

La vigencia de los certificados emitidos dependerá del tipo de modalidad bajo la cual se solicite el servicio (para más detalles, vea la sección de Modalidades de Certificación).

Adicionalmente, por favor recuerde que la información declarada en la solicitud, ya sea firmada por el Representante Legal o por el Tramitador (por poder, amplio, cumplido, bastante y suficiente), esta declarada bajo protesta de decir verdad y que una vez obtenido el certificado de conformidad, el producto deberá ostentar las marcas de conformidad de acuerdo a lo indicado en el Manual de Uso de Marca de UL de México.

Para cualquier duda adicional por favor contáctenos.